Serie El Trienio Adeco (1945-1948). Cap 3

Serie El Trienio 1945-1948. Cap 3

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Este programa es posible gracias al equipo conformado por Gitanjali Suárez, Inmaculada Sebastiano, Melani Pieruzzi, Carlos Javier Virgüez y Giancarlo Caravaggio. Recuerda que nos puedes seguir en Instagram como arroba Unión Radio Cultural. Bienvenidos a Venezolanos, en el tercer capítulo de esta serie, El trienio adeco 1945-1948, y en el programa anterior veníamos hablando de las controversias, el debate dentro de la Asamblea Nacional Constituyente.

Sobre este tema, el expresidente Rafael Caldera, en su libro De Carabobo a Punto Fijo, un libro del año 2008, afirma lo siguiente: “Las controversias eran tan agudas que frecuentemente se hacía indispensable la intervención moderadora del gran venezolano que fue Andrés Eloy Blanco, presidente de la Asamblea, a quien con justicia llamé el amortiguador de la Constituyente”.

Bueno, y conviene recordar que la tarea amortiguadora le adelantaba el poeta Blanco con el recurso del humor, un recurso en el que él era un maestro. Veamos ahora otros aspectos resaltantes de la carta magna del año 47 en materia de ciudadanía. Y una vez que la nueva Constitución fue sancionada el 5 de julio del año 47, en sesión solemne, exclusivamente dedicada para tal fin, con la presencia del Poder Ejecutivo y palabras especiales del presidente de la Asamblea y el presidente de la Junta Revolucionaria de Gobierno. Y con su voz característica, Andrés Eloy Blanco, como presidente de la Asamblea, afirmó:

“Aquí está en estas páginas el objeto primordial de la Revolución. Yo lo saludo y lo juro como soberano de mi derecho. Yo la saludo y la juro como señora de mi conducta ciudadana. No la ofrecemos al mundo como obra perfecta, pero es hermosa, hermosa como su hermana primogénita. Nació del sufragio universal. Contiene las más avanzadas providencias en legislación del trabajo. Contiene lo más nuevo en la defensa social. Entre sus hojas, con sus cuatro pétalos abiertos, está la flor de las cuatro libertades”.

Muy bonito esto del poeta Andrés Eloy Blanco. Bueno, era un gran poeta, y luego toma la palabra el presidente de la Junta Revolucionaria de Gobierno, Rómulo Betancourt. Hace el elogio en la Asamblea y de su fruto principal, la nueva Carta Magna. En su intervención, igualmente breve, destaca lo que a su juicio es lo principal de la nueva Constitución; señala que esta le devuelve la soberanía al pueblo al permitirle elegir su primer mandatario.

Castiga el peculado, descentraliza los recursos fiscales a través de un situado generoso, enfatiza el derecho del trabajo destacando a la clase obrera, sienta las bases para reforma agraria, establece las funciones apolíticas de las Fuerzas Armadas, así como su carácter profesional, y por supuesto propende al avenimiento y patronato con la Iglesia Católica. Incorpora a la mujer a la vida política, defiende y estimula la producción económica nacional, fija nuevas normas para la educación y niñez. Y también ratifica el respeto a la propiedad privada, limitando y condicionando su ejercicio.

Y voy a citar: “De acuerdo con el pensamiento que informa la legislación contemporánea, hija legítima del clima revolucionario que satura nuestro tiempo”. Fin de la cita. Como vemos, estaban colocándose los cimientos para la consolidación de una comunidad política democrática, en buena medida sobre la base de los partidos políticos, que a partir del nuevo marco constitucional forzosamente debían ser partidos de masas. Ya el voto universal y directo hacía un voto de todo ciudadano.

Vamos a ver ahora los aspectos propiamente constitucionales de la nueva carta magna. Lo primero que advertimos al leer la Constitución Nacional de 1947 es que los derechos sociales toman un lugar preeminente por su número y su importancia. Esto no quiere decir que los derechos individuales hayan sido disminuidos o suprimidos; lo que ocurre es que el peso de los derechos sociales se hace evidente por su novedad.

Esto es lógico que se presente así, ya que a partir de la crisis de los años 20 y 30 en Estados Unidos y Europa se impuso una reforma al papel del Estado en el mundo occidental, también bajo la presión del surgimiento del mundo socialista soviético a partir de 1917. Esta situación mundial naturalmente se reflejó en las formulaciones jurídicas que tendieron a considerar con mayor interés los derechos sociales o comunitarios que los individuales, que en muchos sentidos ya eran conquistas establecidas desde casi dos siglos antes. No podemos detenernos aquí a relacionar las crisis económicas y políticas occidentales y la respuesta keynesiana, pero sí consignamos el hecho.

El mundo se movía entonces hacia las necesidades de intervenciones mayores del Estado en la dinámica social. Y en el caso venezolano, en la Constitución del 47 al consagrar los derechos sociales, pues las tareas del Estado aumentaron, ya que el principal garante es el propio Estado. De allí que nadie que afirme que el sesgo liberal de las constituciones venezolanas anteriores cambió por otra naturaleza estatista está exagerando.

Nadie que diga eso está exagerando, es cierto, pero es importante señalar que esto ocurrió precisamente porque la realidad política en la época llevaba a pensar que la intervención del Estado era fundamental para alcanzar la justicia social. Por otra parte, es un hecho que los derechos individuales se perfeccionaron con la institución de las garantías individuales.

Un aspecto sustancial, y entre las garantías, establecieron la inviolabilidad de la vida, la libertad y seguridad personal, el derecho a reunión pública o privada, la libertad de tránsito, la inviolabilidad del hogar, la inviolabilidad de las correspondencias y la libertad de cultos y conciencia. Además, la nueva carta magna instituyó el habeas corpus en defensa del individuo y sus derechos constitucionales. Insistimos, el énfasis en el articulado de los derechos sociales no supuso una claudicación de los derechos individuales.

Bueno, y no obstante lo que he dicho antes, se incurrió en contradicciones, ya que si bien es cierto que se instituyó el habeas corpus en el artículo número 32 como garantía de libertad individual, también se incorporó el llamado inciso alfaraucero. El cual fue aludido así por haberlo propuesto el entonces joven diputado de Acción Democrática. El inciso proponía que estuviese en manos del presidente de la República, sin la aprobación final del Congreso Nacional, la posibilidad de ordenar la detención hasta por seis meses de cualquier persona cuando hubiese serios indicios de que estuviesen atentando contra la paz pública.

Bueno, este inciso produjo una acalorada discusión en la Asamblea Constituyente, ya que la oposición pensaba que le daba una carta blanca de mucha discrecionalidad al presidente de la República sin que el poder legislativo tuviese funciones contraloras sobre la norma. Bueno, y además era evidente que contradecía el artículo relativo a los derechos individuales y al habeas corpus, abriendo una brecha a una discrecionalidad que pudiese ejercerse autoritariamente. Bueno, es evidente que el Ejecutivo Nacional buscaba tener un margen de maniobra frente a conspiraciones potenciales, en una circunstancia que no era nada descabellada prevenir y que en efecto ocurrió.

Bueno, y puede decirse que la Constitución de 1947 profundiza a la República Liberal en las medidas que establece el arbitrio del poder a través de la soberanía del pueblo en sus sufragios universales, directos y secretos. Pero también, a contramano del liberalismo clásico, le atribuye responsabilidades y funciones al Estado que hasta ese entonces estuvieron en manos de sectores determinados de la sociedad. Ya citamos antes, en estos programas, el tema educativo, en el que la responsabilidad principal de la educación se desplaza de las familias al Estado, y el tema económico en el que el Estado funge de principal financista y protector de la dinámica industrial y comercial.

Bueno, es un hecho que se avanzó a los postulados políticos del liberalismo en detrimento de la autocracia, sin la menor duda, pero también lo es que el Estado acentuó su sesgo interventor. En la próxima parte del programa veremos otros aspectos de la Constitución Nacional. Venezolanos, somos Unión Radio Cultural.

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Bueno, y es justo señalar la importancia de la Constitución Nacional del 47 en relación con otros textos constitucionales venezolanos. La doctrina señala que el acta de independencia del 5 de julio de 1811, aunque no exactamente una carta magna dado su carácter fundacional, puede ser tenida como tal. En todo caso, la Constitución Nacional de 1811, posterior al acta, es de una importancia indudable. También lo son las constituciones de 1819, bajo la égida del pensamiento constitucional bolivariano; la de 1830, que consagró la separación de Venezuela de la República de Colombia y además era ecléctica entre el centralismo y algo del federalismo; la de 1858, muy importante porque fue la primera que consagró las elecciones directas, hasta ese momento fue la más democrática; la de 1864, que consagró el federalismo, todavía más descentralizadora que la anterior, y la de 1947 finalmente retoma las elecciones directas de la de 1858 y le añade su universalidad, lo que hizo a las mujeres sujetos políticos actuantes.

Solo por este motivo ya merece ser señalada entre las constituciones que introducen cambios sustanciales en la vida nacional. Bueno, y además un sector de la doctrina constitucional llega a tener a la Constitución de 1961 como una de las de mayor importancia, pero nosotros no nos inclinamos por eso porque realmente la Constitución del 61 recoge casi todo lo que ya había establecido la de 1947. Bueno, si bien es cierto no consagró en su articulado las elecciones directas para las autoridades regionales, también es cierto que la Constitución del 61 dejó abierta la puerta en los artículos 22 y 29.

Esto permitió que en el año 1989 se promulgara la Ley de Descentralización Política y Administrativa sin necesidad de reformar la Constitución. En el artículo 22 de la Constitución del 61 fue donde se consagró esta posibilidad y se necesitó que pasaran 28 años para que la ley se dictara, cuando ya era evidente que la mora constituía una deuda con la descentralización de la República. Por cierto, este artículo es similar a las disposiciones transitorias de la Constitución del 47, lo que indica que entre el 47 y el 61 en esta materia no se avanzó demasiado.

La Constitución del 61 consagró una no reelección inmediata, pero la permitió con dos períodos presidenciales por medio y, al no consagrar la no reelección absoluta, favoreció el hecho de que los ex presidentes, al abandonar el Poder Ejecutivo, comenzaran su campaña electoral con 10 años de anticipación. Este fue el caso de Rafael Caldera y Carlos Andrés Pérez, esta disposición donde la Constitución no ayudó con la renovación de los cuadros políticos venezolanos. Si se hubiese consagrado la no reelección absoluta en la Constitución del 61 o la reelección por una sola vez, la historia de Venezuela sería otra.

Finalmente, en relación con la Constitución del 47, coincidimos con la valoración del profesor Allan Randolph Brewer Carías expresada en su libro Las Constituciones de Venezuela. Dice el profesor Brewer: “Este texto en la historia constitucional del país, indudable que tuvo un carácter revolucionario, no solo en cuanto a técnica y expresión, sino en cuanto al contenido, pues desarrolló ampliamente los derechos sociales, limitó los derechos económicos y estableció el derecho al sufragio universal directo y secreto, con lo cual se inició la democracia representativa en Venezuela”.

Bien, además de lo afirmado por Brewer, es de hacer notar a su favor que estuvo vigente muy poco tiempo, porque ni siquiera dos años. Es un hecho que lo consagrado por ella fue base para la del 61 y también para la de 1999. Bueno, vemos como un texto de brevísima vigencia, dado su contenido, incidió notablemente en los avatares políticos y constitucionales del futuro. Y veamos ahora la trama de los partidos políticos a partir del 18 de octubre de 1945.

Un día antes del 18 de octubre en Venezuela actuaban el Partido Democrático Venezolano, PDV, que respaldaba al presidente Medina Angarita, Acción Democrática, que se había creado en septiembre del año 41, los comunistas organizados y legalizados a partir de la reforma que permitió su funcionamiento durante los últimos días del gobierno de Medina Angarita, y otras agrupaciones de menor significación. El gobierno de Medina envió señales contradictorias, ya que autorizó desde sus inicios la formación del partido político, pero al momento de introducir una propuesta de reforma constitucional en 1945 no incluyó la elección universal directa y secreta, lo que dejaba en suspenso la utilidad y el sentido de los partidos políticos autorizados para formarse.

Estas reglas del juego de la comunidad política cambiaron a partir del 18 de octubre del 45, cuando la Junta Revolucionaria de Gobierno manifestó que su objeto principal era la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente que redactara una nueva Carta Magna, que permitiera finalmente el sufragio universal y directo. Y en consecuencia, la articulación de partidos políticos con miras a unas elecciones universales, que es una condición indispensable para la constitución de organizaciones de masa, sin distingo del sexo ni de condición educativa. Y esta comunidad a la que se invitaba a formar parte no era otra que la democracia representativa en la que los partidos políticos funcionan como piezas fundamentales para el logro de sus objetivos.

La invitación consistía en la construcción de una comunidad política donde el epicentro del poder se desplazaría desde las cúpulas militares de la hegemonía militar tachirense al pueblo en ejercicio de sus derechos constitucionales electorales. El cambio no era menor, evidentemente suponía un desplazamiento de radical importancia. Las dos organizaciones de significación histórica que primero se formaron fueron Unión Republicana Democrática, URD, y el Comité de Organización Política Electoral Independiente, COPEI. URD fue fundado por Isaac J. Pardo, Elías Toro, Andrés Germán Otero, Eduardo Arnal, Fernando Simón Bolívar y Amílcar Plaza, en una asamblea el 10 de diciembre del año 45.

Según consta en la carta que le envía al secretario general del partido Elías Toro al gobernador del Distrito Federal solicitando su legalización, fue luego cuando Jóvito Villalba se incorpora a la organización, que termina por desplazar a sus fundadores y toma las riendas del partido. Su incorporación es temprana, en febrero de 1946, pero la asunción del liderazgo por parte de Villalba ocurrió hacia finales del año 46. Por otra parte, el Comité de Organización Política Electoral Independiente, COPEI, se fundó el 13 de enero de 1946, en una asamblea convocada para tal fin.

Resultaron electos integrantes del comité ejecutivo central los señores Pedro del Corral, Eduardo Fleury Cuello, Lorenzo Fernández, J. V. Blasini, Carlos Otto, Rafael Caldera, Benito Galindes, José Antonio Pérez Díaz, Henry Castillo Pinto, Edecio Larriba Araújo, entre otros. Y desde los primeros discursos el liderazgo de Caldera fue imponiéndose, y el propio líder 60 años después de aquel período crucial reconoce los motivos del entusiasmo en su partido y su generación política, afirma Rafael Caldera. “Debo confesar que políticos jóvenes que estábamos en la oposición al gobierno de Medina, que no auspiciábamos la candidatura del general López y que divergíamos ideológica y prácticamente de Acción Democrática, sin haber tomado la menor participación en el golpe, fuimos atraídos con simpatía por los planteamientos de la Revolución.

Los que fundamos el Partido Social Cristiano COPEI, a pesar de nuestra discrepancia con Acción Democrática, invitamos a la lucha por los legítimos ideales de la Revolución de Octubre”. Esto lo decía Rafael Caldera. Vamos a una pausa y ya regresamos. Bien, y ambos partidos, Acción Democrática y el Partido Comunista, comenzaron a prepararse para los comicios, al igual que COPEI y URD, por supuesto.

Y tuvieron lugar las elecciones de diciembre de 1947. Primero hubo elecciones para elegir diputados, aquellas que ya mencionamos, los diputados de la Asamblea Nacional Constituyente, luego hubo elecciones para elegir diputados y senadores del Congreso Nacional, diputados a las asambleas legislativas estadales y las elecciones al presidente de la República. Estas fueron fijadas para el domingo 14 de diciembre de 1947. Las candidaturas comenzaron a definirse a partir de septiembre.

La primera en proclamarse fue la de Rómulo Gallegos. En el aniversario de la fundación de Acción Democrática, el 12 de septiembre, en El Nuevo Circo, la Casa Yena, tuvo lugar una nutrida concentración donde hicieron uso de la palabra Andrés Eloy Blanco, Alberto Carnevali, Luis Augusto Dubuc, Alberto Ravel y Mercedes Fermín, y clausuró el acto el propio Gallegos. Una semana después, el 19 de septiembre, en el Palacio de Miraflores, el presidente de la República firmó el Ejecútese al Estatuto Electoral y...

La representación proporcional de las minorías es un punto importante, ya que supuso un paso democrático notable. Sabemos que de la tiranía de las mayorías sobre las minorías advirtieron John Stuart Mill y Alexis de Tocqueville en su momento. Tocqueville, por ejemplo, en ese libro extraordinario La democracia en América, señalaba el peligro de que la mayoría se impusiera sobre la minoría sin consideración alguna.

Decía Tocqueville, voy a citar: “No hay sobre la tierra autoridad tan respetable en sí misma o revestida de un derecho tan sacro que yo quiera dejar actuar sin control y dominar sin obstáculos. Cuando veo el derecho y la facultad de hacer todo o cualquier potencia, llámese pueblo o rey, democracia o aristocracia, sea que se ejerza en una monarquía o en república, yo afirmo que allí está el germen de la tiranía”. Esto lo decía Alexis de Tocqueville en su libro, en 1835, y este tema lo estudia el maestro Norberto Bobbio en varios de sus trabajos, pero en particular en uno maravilloso que es el libro Liberalismo y democracia, donde examina las reflexiones de Mill y de Tocqueville sobre este tema.

Bien, tome en cuenta también que la minoría puede estar formada por el 49% de los votantes que no obtuvieron la victoria, lo que hace de la imposición de la voluntad del vencedor un forcejeo complejo con casi la mitad de la población electoral. Señalo esto porque al principio de la representación proporcional de las minorías está ligado al del respeto a la disidencia, el respeto a los derechos del vencido y sobre todo a la práctica democrática, según la cual el hecho de vencer no constituye una suerte de patente de corso para imponer su voluntad sin consultar o concertar con el adversario, en particular cuando se tiene conciencia de formar parte de una comunidad política.

Bueno, y la asunción de este principio denotaba entonces, en 1947, una conciencia democrática importante, ya que daba por sentado que el adversario estaba constituido por un grupo significativo. Con él se hacía imperativo convivir y no se trataba de un conjunto al que había que exterminar, sino era un socio que estaba participando en un juego respetando las reglas de ese juego. Bueno, y no podemos dejar de señalar que la asunción electoral de la representación proporcional de las minorías fue un paso notable, y eso se dio a partir de la Constitución del 47, que consagró el espíritu democrático anunciado por las Juntas Revolucionarias de Gobierno.

No es un logro de poca monta garantizarle a las minorías políticas en un país su participación en el Poder Legislativo, incluso en caso de tratarse de minorías verdaderamente ínfimas en proporción al resto del electorado. Por ejemplo, esto ocurrió, como puede comprobarse, con la votación del Partido Comunista de Venezuela y URD en las elecciones para diputados a la Asamblea Nacional Constituyente en el año 46, cuando con el 3,62% y 4,26% de los votos tuvieron diputados que le representaron. Lo mismo va a ocurrir con el cociente electoral en el Congreso electo en el año 1947.

Bueno, después la segunda candidatura en decidirse fue la de Gustavo Machado. Esto ocurrió el 6 de octubre del año 47, cuando el cuarto pleno del comité central del Partido Comunista de Venezuela eligió a su líder fundamental como candidato en la contienda presidencial. La campaña de Machado se centró en el ataque a COPEI y Caldera, al Plan Marjan, al inciso alfaraucero, al imperialismo yankee, a López Higiene, al tiempo que abogaba por la elección directa de gobernadores y el respeto a la Iglesia Católica, sorprendentísimo realmente. La tercera candidatura en proclamarse fue la de Rafael Caldera.

En la segunda convención de COPEI, el 25 de octubre, fue lanzada la candidatura del Yara Kuyama. El acto fue conducido por Luis Herrera Campins y hablaron en él Pedro del Corral, Néstor La Rosa, Rodolfo José Cárdenas y Rosa Varguillas, y cerró el acto el propio Caldera haciendo uso de sus dotes oratorias que ya eran notables. Los testimonios recogidos sobre el tono en la campaña electoral son diversos: por una parte se advierte el talante conciliatorio de Gallegos, quien se sabía ganador. Por otra, la retórica comunista siempre antiimperialista; Caldera apelaba al optimismo aunque sabía perdida, y no dejaba de señalar el ventajismo del partido de gobierno.

Durante la campaña hubo escenas de violencia que, la verdad, eran atribuibles a la nula experiencia venezolana en asuntos electorales para entonces, lo que hacía difícil que las pasiones políticas no se desbordaran con mucha facilidad. Bueno, y llegó el día indicado y los sufragios tuvieron lugar, dándose una vez más un ejercicio democrático. Se depositaron los votos para presidente de la República, diputados y senadores del Congreso Nacional, asambleas legislativas de los estados, y consejos municipales del Distrito Federal y los territorios federales.

El resultado de esas elecciones fue favorable a Gallegos con 871.752 votos, que representaban el 74,47% del electorado. En segundo lugar llegó Caldera con 262.204 votos, que representaban el 22,40% de los votos, y de tercero llegó Gustavo Machado con 36.587 sufragios y el 3,12% de los votos. URD no presentó candidato presidencial, aun cuando su líder, Jóvito Villalba, hubiera podido serlo, pero se impuso la tesis del no arriesgar su liderazgo.

Bien, y el Congreso quedó compuesto de la siguiente manera: en la Cámara de Senadores, 38 de Acción Democrática, 4 de COPEI, 1 de URD, 2 de UFR, 1 del PSB y uno de URD. En diputados, 83 de Acción Democrática, 16 de COPEI, 4 de URD y 3 del UFR, 3 del PSV-1 y 1 de PLP. Las asambleas legislativas de los estados, de 306 diputados, 244 eran de AD, 50 de COPEI, 9 de URD y 3 del Partido Comunista.

El Consejo Municipal del Distrito Federal quedó integrado de la siguiente manera: 14 concejales de AD, 6 de COPEI, 1 del PSB y 1 de URD. En el territorio federal Amazonas, tres de PLP, Partido Liberal Progresista, dos de AD. En el Delta Amacuro, cuatro de AD y uno de URD. Y desde entonces hasta fechas recientes los estados andinos, particularmente Táchira y Mérida, votaban por COPEI. De hecho, fueron los únicos estados donde la candidatura de Gallegos no se impuso y ganó la de Caldera.

Hay razones sociológicas para este fenómeno, seguramente que guardan relación con el catolicismo profesado en estos estados andinos y el cristianismo confeso de COPEI y de Caldera. Bien, y en el período comprendido entre el 14 de diciembre del año 47 y el 15 de febrero del año 48, Gallegos se dispuso para organizar su gabinete ejecutivo. Y entonces hay un discurso también de Betancourt ante el Congreso Nacional el 12 de febrero del 48, donde Betancourt explica muchas cosas.

El discurso lo inicia Betancourt con una pregunta: ¿se justifica históricamente, con lo hecho hasta hoy y con lo planificado para mañana, la jornada revolucionaria del 18 de octubre del año 45? Es una buena pregunta. Luego Betancourt establece los objetivos fundamentales en la insurgencia del 18 de octubre: ¿qué dice sobre este particular? Dice reintegrarle al pueblo su soberanía, despersonalizar el ejercicio del poder y moralizar los negocios públicos. En otras palabras, según Betancourt, no abundaba para el 17 de octubre del año 45, ya que el pueblo no elegía directa ni universalmente a sus representantes.

El poder, según Betancourt, estaba personalizado y, según Betancourt, el peculado campeaba en la administración pública. Bien, en la última parte del programa veremos también algunas otras opiniones. Este y otros programas de Venezolanos los puedes oír en formato podcast a través de anchor.fm. Para alguna sugerencia sobre este espacio pueden escribirnos al correo rafaelarraiz@hotmail.com. Decíamos en la parte anterior del programa que leeríamos un fragmento breve del discurso de Betancourt.

Eso voy a hacer, dice Betancourt: “Nadie podría honestamente desconocer cómo en la actualidad, desde el pueblo venezolano quien decide en los comicios la suerte de la República y cómo el tradicional concepto de mando autocrático ha devenido impersonal función del gobierno, arquitecturado ya en estado nuevo según las normas de una Constitución que, sin hipérbole, es la más democrática de América. Y cómo se le han ofrecido a generaciones presentes y futuras del país el tonificador ejemplo de hombres que abandonan Miraflores y los despachos ministeriales, o en estos últimos continúan sin haber cambiado la decorosa pobreza de ayer por el súbito enriquecimiento de hoy.

Y cómo en Venezuela todas las tesis políticas y todas las posiciones ideológicas pueden ser abiertamente defendidas desde la tribuna y la prensa, sin que a nadie se le hostilice por sus ideas ni se le coarte su libre difusión”.

Bueno, hasta allí Betancourt. Soberanía, nueva arquitectura del Estado a través de la Constitución Nacional, probidad administrativa, libertades políticas: esos son los puntos anotados en el orador. Y luego, refiriéndose a las tareas gubernamentales, las organiza en tres básicas que merecen ser señaladas.

Voy a citar de nuevo a Betancourt: “Incremento y diversificación de una economía propia. Desplazamiento del centro de gravitación del interés del Estado, de las cosas hacia las gentes. Proyección a todo el ámbito nacional en las labores gubernativas”. Hasta allí la cita, y después reconoce las tareas del Consejo de Economía Nacional y de la Corporación Venezolana de Fomento, y concluye el párrafo con algo sorprendente cuando concibe la política económica del gobierno en función de, voy a citar, darle contenido de realidad a la apasionante y justísima consigna de sembrar el petróleo.

Bueno, y esta frase, como se sabe, es de Arturo Uslar Pietri, doce años antes en el editorial del diario Ahora. Betancourt la incorporaba a sus creencias en un momento importantísimo de su carrera política. Reconocía el valor de las frases de un adversario político, o también puede ser admitida el valor de la frase porque ya entonces estaba incorporada a las consignas definitorias de las tareas pendientes de la venezolanidad.

Bien, y de las realizaciones gubernamentales que consigna el jefe del Estado hay dos que llaman la atención: una, las cifras migratorias y cómo en dos años se engrosaron notablemente. Dice textualmente: de 1939 a 1944 ingresaron al país apenas 3.500 inmigrantes. De 1945 a 1947 han llegado a Venezuela 16.000 extranjeros, y lo otro que señala Betancourt es la desaparición del paludismo.

Y al final el texto le dedica un párrafo extenso a los hechos en materia sindical, poniendo un énfasis particular en este aspecto, y concluye confesando su emoción por estar rindiéndole un informe a un Congreso Nacional soberano. Bueno, termina el gobierno de Betancourt, que curiosamente suele valorárselo junto con el de Gallegos, sin atender a los matices que hubo. Y es necesario señalar que los matices no atendían al fondo de los cambios, porque en verdad la totalidad de ellos tuvieron lugar durante estos dos años y cuatro meses del gobierno de la Junta Revolucionaria de Gobierno.

Y en valoraciones como la de Ramón Velázquez, en su ensayo Aspectos de la evolución política de Venezuela en el último medio siglo, publicado en el libro colectivo de la Fundación Eugenio Mendoza, Venezuela Moderna 1926-1976, en relación con el trienio adeco, dice Velázquez lo siguiente: “Sin embargo, en los tres años transcurridos entre 1945 y 48 habían ocurrido grandes acontecimientos políticos y sociales que determinarían el rumbo del futuro de Venezuela. Se habían fundado y actuaron cuatro partidos políticos, resultando sus efectivos en capas sociales que hasta 1945 fueron remisas al juego político.

La captación de la masa estudiantil había alcanzado el nivel de la escuela primaria y los liceos, pues acontecimientos como la promulgación del decreto 321 obligó también a quienes formaban el mundo antes exclusivo de los institutos religiosos privados a lanzarse a la calle. También se fundaron más de 500 sindicatos y había nacido una poderosa confederación de trabajadores de Venezuela. En dos jornadas electorales se habían movilizado un millón 500 mil venezolanos; desconocidos, hombres de clase media y nuevos dirigentes sindicales tuvieron por primera vez oportunidad de sentarse en la mesa de las grandes decisiones nacionales. Comerciantes y agricultores acababan de descubrir las ventajas hasta entonces ignoradas de vivir un régimen de derecho en donde pudieran defender sus intereses”.

Sería imposible resumir el resto; hasta aquí Velázquez. Bueno, y todo lo afirmado comenzó a ocurrir antes del gobierno de Gallegos, pero no dejó de ocurrir durante el gobierno de Gallegos, e importante destacarlo dicho por Velázquez en relación con la ampliación de los espacios y participación, un hecho que es indudable ocurrió a partir del 18 de octubre de 1945. Ya el juego político supuso la organización de partidos de masas y a estos se incorporaron estamentos de la sociedad que estaban al margen de la comunidad política.

Bueno, ¿y quién afirme que la política venezolana se democratizó entonces? Pues no está exagerando, ya que el escenario supuso la participación de rostros nuevos en la arena pública. Obreros, dirigentes regionales, estudiantes, mujeres, alzaron sus votos y sus brazos, sus voces, para opinar en asuntos que antes estaban reservados para una élite militar, empresarial, tecnocrática y en algunos casos intelectuales. No cabe duda de que este proceso sociológico supuso un cambio, ¿acaso más importante que el propiamente político?, ya que fue cultural y de valores, así como de nuevos roles para los sujetos hasta entonces preteridos.

Bueno, y si algo se puede afirmar es que el llamado trienio adeco trajo un cambio en la composición de los actores políticos. Hasta entonces esta no contemplaba a un elenco variopinto como el que emergió de los cambios, nuevos sujetos, nuevos actores políticos, con pocas palabras. Y una voz crítica y adversaria política de Acción Democrática, como la de Rafael Caldera, valoró recientemente, fuera del odio de trinchera, en un libro del año 2008, lo que significó el 18 de octubre para el país. Dice Caldera: “La Revolución de Octubre, que sus voceros calificaban con lenguaje épico como la Segunda Independencia, duró tres años y 39 días, dejó marcas profundas.

No se le puede negar avances considerables en la vida política y social del país, pero también muchas experiencias aleccionadoras, porque debemos decirlo, las enseñanzas de lo ocurrido con la Revolución de Octubre y el gobierno que la sucedió fueron base y lección que sirvieron de fundamento diez años después al Pacto de Punto Fijo”. Bueno, ¿y eso es cierto? Se dispone de testimonio sobre este asunto. Este de Caldera es sumamente valioso, ya que fue de los coautores del Pacto de Punto Fijo que se firmó en su casa, y por eso se denomina Punto Fijo, por el nombre de su casa, y no por la ciudad falconiana.

Y bueno, esta experiencia octubrista, como también se le llamaba, del trienio adeco señaló que las Fuerzas Armadas no estuvieron de acuerdo, en gran proporción, con el ensayo democrático que se adelantó. Bien, y en nuestro próximo capítulo, que sería el cuarto, entraremos a discernir sobre algunos otros aspectos del 18 de octubre de 1945 y en ese capítulo también entraremos a revisar el gobierno de Rómulo Gallegos. Hasta nuestro próximo encuentro.

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